lunes, 28 de febrero de 2011

El Riesgo Financiero

EL RIESGO FINANCIERO

El Riesgo Financiero es el riesgo de no estar en condiciones de cubrir los costos financieros, por ello su análisis se determina por el grado de apalancamiento financiero que tenga la empresa en un momento determinado.






El apalancamiento financiero acentúa el hecho de que a medida que aumentan los cargos fijos, también aumenta el nivel de utilidades antes de impuestos necesarios para cubrir los cargos financieros de la empresa, se puede calcular por medio de la razón duda capital, la razón de deuda a largo plazo o la razón de capital preferente a capital total.

Una administración prudente es aquella que mide los riesgos del giro del negocio en la que se encuentra, adoptando las acciones que permitan neutralizarlos en forma oportuna.

A diferencia de la incertidumbre en la cual no es posible prever por no tener información o conocimiento del futuro, los riesgos pueden distinguirse por ser "visibles" pudiendo minimizar sus efectos.

Los analistas financieros calculan estas razones para determinar la solidez financiera de la empresa, determinando que entre más alto sea el grado de apalancamiento, mayor es el nivel de riesgo, estableciendo así una relación entre los cargos financieros fijos que deben pagarse y os fondos invertidos en la empresa. Un enfoque de este tipo de análisis se presenta en la Teoría MM.


¿Que es la Teoría MM?

Los impulsadores de la Teoría MM son Franco Modigliani y Merto H. Miller. Estos en sus estudios afirman que la relación entre el apalancamiento y el costo de capital queda explicada por el enfoque de la utilidad neta de operación; argumentan que el riesgo total para todos los poseedores de valores de la empresa no resulta alterado por los cambios en la estructura de capital y es el mismo indiferentemente de la combinación de financiamiento.

Esta teoría demostró bajo un conjunto de supuestos muy restrictivos, que debido a la deducibilidad fiscal de los intereses sobre las deudas, el valor de una empresa aumentará continuamente a medida que usen más deudas y por lo tanto su valor se verá maximizado al financiarse casi totalmente con deudas.



El riesgo dinerario empieza, como es natural, en el momento en que se formaliza una operación; sin embargo, ha de tenerse presente que durante el proceso previo a la formalización, se suceden momentos de especial relevancia, cuya inadecuada gestión puede provocar un incremento del nivel real de riesgo.

1. Al recoger la información necesaria para poder iniciar el análisis.
2. Al analizar la situación económico-financiera y patrimonial del cliente.
3. Al diagnosticar la conveniencia o no de la operación.
4. En el caso de un diagnóstico favorable, al formalizar la operación.
5. Al efectuar el seguimiento de la operación/cliente/riesgo.

Estos cinco momentos se pueden integrar en tres grandes fases:






LOS TIPOS DE RIESGOS FINANCIEROS
  • Riesgo de mercado: asociado a las fluctuaciones de los mercados financieros, y en el que se distinguen:
    • Riesgos de Cambio: consecuencia de la volatilidad del mercado de divisas.
    • Riesgo de tipo de Interés: consecuencia de volatilidad de los tipos de interés.
    • Riesgo de Mercado: se refiere a la volatilidad de los mercados de instrumentos financieros tales como acciones, deuda, derivados, etc.

  • Riesgos de Crédito: consecuencia de la posibilidad de que una de las partes de un contrato financiero no asuma sus obligaciones.
  • Riesgo de liquidez o de Financiación: se refiere al hecho de que una de las partes de un contrato financiero no pueda obtener la liquidez necesaria para asumir sus obligaciones a pesar de disponer de los activos, es decir, que no puede vender con la suficiente rapidez y al precio adecuado, y la voluntad de hacerlo.



En conclusión

Estos riesgos pueden cubrirse mediante:

- Una administración profesionalizada, altamente especializada en las nuevas tendencias del sistema financiero, acorde a los tiempos de modernización y globalización que vivimos.

- Una regulación prudencial establecida por la autoridad competente, respaldada por el directorio y cumplida por el gerente.

- Y por último, la innovación tecnológica permanente.

domingo, 20 de febrero de 2011

Insider Trading

INSIDER TRADING


Insider Trading es especular con información privilegiada de los intercambios de acciones de una empresa u otros valores, como por ejemplo: bonos u opciones sobre acciones, por personas con posible acceso a la información no pública sobre la compañía. 

En la mayoría de los países, el comercio de información privilegiada en empresas tales como funcionarios, empleados clave, directores y grandes accionistas puede ser legal, si este comercio se realiza de una manera que no se aproveche de la información no pública. Sin embargo, el término se utiliza con frecuencia para referirse a una práctica en la que una información privilegiada o de un comercio con partes vinculadas sobre la base de información relevante no divulgada obtenida en el ejercicio de los derechos de la información privilegiada de la corporación, o de cualquier otra violación de una relación fiduciaria o de otro tipo de confianza o cuandola información no pública fue objeto de apropiación indebida de la empresa.



El insider trading lesiona la confianza de los inversores en el mercado de valores. Les hace percibir la falta de equidad que supone que unos negocien con informaciones relevantes para la cotización de las que no disponen los demás inversores. Ante esta ruptura de las reglas del juego los inversores tenderán a apartarse del mercado. Con el fin de proteger la integridad del mercado se prohíbe negociar con información privilegiada.

Una información es privilegiada cuando su divulgación haría variar la cotización de los valores a los que la información se refiere. Por ejemplo, por citar dos casos que se han dado en nuestro mercado, el director financiero de una empresa que está preparando una Oferta Pública de Adquisición (OPA) tiene prohibido anticiparse comprando por cuenta propia acciones de la sociedad que va a ser objeto de la OPA. A su vez, el miembro del consejo de gobierno del supervisor que ha decido la intervención de un banco que cotiza en bolsa tiene prohibido utilizar esa información para vender las acciones del banco que posee antes de que se publique la intervención. Estos casos tienen en común que tanto el director financiero como el consejero del organismo supervisor negociaron con ventaja, desplazando con la información privilegiada el riesgo del mercado, y lo hicieron para obtener un resultado favorable, una ganancia segura en el caso de la OPA o evitar una pérdida cierta en el supuesto de la intervención del banco. Lo que se sanciona es la falta de equidad, el hecho de negociar sin riesgo, frente a los demás inversores que desconocen la información privilegiada.

Tres notas destacan en el concepto de información privilegiada.
  • Se debe tratar de una información reservada que no ha sido hecha pública. 
  • Debe ser una información concreta. Simples rumores, de que algo puede suceder, no constituyen información privilegiada. 
  • Y por último, debe tener la relevancia de ser capaz de influir sobre la cotización del instrumento al que se refiere. 

La información sobre una Oferta Pública de Adquisición (OPA) en curso reúne estos tres elementos, pues es reservada, afecta a unos valores concretos y de hacerse pública haría variar la cotización.

La ley prohíbe determinadas conductas a quienes disponen de información privilegiada. Tienen prohibido preparar o realizar operaciones sobre los valores afectados por la información privilegiada, pero también tienen prohibido comunicar la información privilegiada a un tercero, ya sea un familiar, un amigo u otro persona, haciendo que sea el tercero quien negocie los valores.


INSIDER TRADING EN ESPAÑA

En España el Insider Trading, negociar sobre información privilegiada, es ilegal. La Legislación Española sobre el Insider Trading promulga la regla de “publicar o abstenerse de invertir” cuando un insider posea información privada que pueda influir en el precio de un valor en el mercado de capitales. Tanto el código de comercio como la Ley del Mercado de Valores están diseñadas para procesar y penalizar el uso de información privilegiada por insiders corporativos. A nivel de la Unión Europea también se está trabajando en desarrollar una nueva legislación comunitaria que sea aplicable a los mercados de valores de los Estados miembros (Directiva 2003/6/CE) en la que también se prohíbe el Insider Trading.


¿EL NUEVO ESCÁNDALO EN WALL STREET?






ÚLTIMA NOTICIA SOBRE EL INSIDER TRADING

Un ex analista de tecnología con investigaciones primarias Mundial se declaró culpable el martes a filtrar información confidencial de la empresa a los fondos especulativos, que forma parte de la sonda amplia información privilegiada del gobierno de EE.UU. de comercio.

El analista, Bob Nguyen, es el último ex-empleado o consultor de empresas en red los llamados expertos a admitir a los delitos penales y se compromete a cooperar en una investigación que comenzó hace tres años como mínimo y se ha incrementado la de los fiscales federales en el pasado dos meses.

"Uno de los objetivos de la PGR fue la contratación de expertos en las empresas para proporcionar material de cierta información no pública," Nguyen, de 32 años, dijo a EE.UU. juez federal Debra Freeman en su procedimiento de declaración de culpabilidad. "Yo trabajaba en la PGR (Procuraduría General de la República) y que había un acuerdo para que yo la contratación de expertos."

Nguyen, quien dijo que trabajaba para la primaria de Investigación Global en Mountain View, California, de enero 2008 a febrero de 2010, dijo al tribunal que pasó la información secreta sobre ingresos de la empresa o suministros, ya sea directamente o indirectamente a los clientes de las empresas por correo electrónico o por teléfono. No identificó a las empresas o los clientes.

Un representante de Atención Primaria de Investigación Mundial se negó a comentar. Es una de varias empresas experto en redes, llamadas así porque coinciden con los fondos de cobertura con expertos de la industria o la información privilegiada.

Nguyen dijo al tribunal que transmitió información privada de los fondos de cobertura, muchos de ellos en Nueva York. Los fondos no fueron identificados en el tribunal ni tampoco los nombres de las compañías cuya información se filtró.

Nguyen, de Stockton, California, se declaró culpable de un cargo de conspiración para cometer fraude electrónico y fraude de valores y un segundo cargo de fraude electrónico. Los cargos conllevan una pena de cárcel de hasta 25 años, pero es probable que servir a un plazo mucho más corto debido a su cooperación con el gobierno.

Fue puesto en libertad bajo fianza y sin fecha de la sentencia ha sido programada.




lunes, 14 de febrero de 2011

Basilea III

BASILEA III

Lo primero que voy a explicar es que es Basilea III.

"Basilea III" es un conjunto de medidas de reforma, elaborado por el Comité de Basilea sobre Supervisión Bancaria, para fortalecer la regulación, supervisión y gestión de riesgos del sector bancario.

Estas medidas tienen por objeto:

  • Mejorar la capacidad del sector bancario para absorber los choques derivados de la tensión financiera y económica, cualquiera que sea la fuente.
  • Mejorar la gestión de riesgos y gobernabilidad.
  • Aumentar la transparencia de los bancos y las revelaciones.
 
También existen unas reformas de destino, esas reformas son las siguientes:

  •  Banco de nivel o la regulación Microprudencial que contribuirá a aumentar la resistencia de las instituciones bancarias individuales a los períodos de estrés.
  • Macroprudencial: todo el sistema de riesgos que se pueden acumular en todo el sector bancario, así como la amplificación procíclico de estos riesgos a través del tiempo.
Estos dos enfoques son complementarios a la supervisión como una mayor capacidad de recuperación a nivel de cada banco reduce el riesgo de crisis todo el sistema.

¿Que es Basilea III?


Ahora voy a hablar de el cuerpo del Comité de Basilea de supervisión, el Grupo de Gobernadores de Bancos Centrales y Jefes de Supervisión (Ghos), coincidieron en el amplio marco de Basilea III en septiembre de 2009 y la Comisión presentó propuestas concretas en diciembre de 2009. Estos documentos de consulta constituyen la base de la respuesta del Comité a la crisis financiera y forman parte de las iniciativas globales para fortalecer el sistema de regulación financiera que han sido aprobadas por los líderes del G-20. El Ghos coincidido posteriormente en los elementos clave del diseño del paquete de reformas en su reunión de julio 2010 y en la calibración y en transición para aplicar las medidas en su reunión de septiembre 2010.

Por si alguien no lo sabe “El Grupo de los 20” o G-20, es un foro de 19 países, más la Unión Europea, donde se reúnen regularmente, desde 1999, jefes de Estado (o Gobierno), gobernadores de bancos centrales y ministros de finanzas. Está constituido por siete de los países más industrializados (G-7), más Rusia (G-7+1 o G-8), más once países recientemente industrializados de todas las regiones del mundo, y la Unión Europea como bloque económico.

Basilea III forma parte del esfuerzo continuo de la Comisión para mejorar el marco de regulación bancaria. Se basa en la convergencia internacional de medidas y el documento de Normas de Capital (Basilea II).

El Objetivo del Comité de Basilea es mejorar la comprensión de los principales temas de supervisión y mejorar la calidad de la supervisión bancaria en todo el mundo. Trata de hacerlo por el intercambio de información nacional sobre cuestiones de supervisión, enfoques y técnicas, para promover la comprensión común. En ocasiones, la Comisión utiliza este entendimiento en las zonas donde se consideran deseables. En este sentido, el Comité es mejor conocido por sus normas internacionales sobre la adecuación del capital, los Principios Básicos para una Supervisión Bancaria Efectiva, y el Concordato de supervisión bancaria transfronteriza.

Los miembros del Comité proceden de Argentina, Australia, Bélgica, Brasil, Canadá, China, Francia, Alemania, Hong Kong, India, Indonesia, Italia, Japón, Corea, Luxemburgo, México, Países Bajos, Rusia, Arabia Saudita, Singapur, Sur África, España, Suecia, Suiza, Turquía, el Reino Unido y los Estados Unidos.

El actual Presidente de la Comisión es el Sr. Nout Wellink y también es presidente del Banco de Holanda.



La gráfica que expongo, representa la mejora que ha habido de el acuerdo de "Basilea I" hasta "Basilea III":



Ahora voy a explicar que es "Basilea I" y "Basilea II":

  • Basilea I se dio en diciembre de 1974, el Comité de Basilea, compuesto por los gobernadores de los bancos centrales del G-10, donde se publicó el primero de los Acuerdos de Basilea, un conjunto de recomendaciones alrededor de una idea principal. Esa idea principal se trataba de un conjunto de recomendaciones para establecer un capital mínimo que debía tener una entidad bancaria en función de los riesgos que afrontaba. El acuerdo establecía una definición de "capital regulatorio" compuesto por elementos que se agrupan en 2 categorías si cumplen ciertos requisitos de permanencia:
    • De capacidad de absorción de pérdidas.
    • De protección ante quiebra. 
      Este capital debe ser suficiente para hacer frente a los riesgos de crédito, mercado y tipo de cambio. Cada uno de estos riesgos se medía con unos criterios aproximados y sencillos. Este acuerdo era una recomendación, cada uno de los países signatarios, así como cualquier otro país, quedaba libre de incorporarlo en su ordenamiento regulatorio con las modificaciones que considerase oportunas.

  • Basilea II es el segundo de los Acuerdos de Basilea. Dichos acuerdos consisten en recomendaciones sobre la legislación y regulación bancaria y son emitidos por el Comité de Supervisión bancaria de Basilea. El propósito de Basilea II, publicado inicialmente en junio de 2004, es la creación de un estándar internacional que sirva de referencia a los reguladores bancarios, con objeto de establecer los requerimientos de capital necesarios, para asegurar la protección de las entidades frente a los riesgos financieros y operativos.
Basilea II tiene tres pilares importantes, estos pilares son los siguientes:


lunes, 7 de febrero de 2011

Letras del tesoro

LETRAS DEL TESORO


Las Letras del Tesoro se crearon en junio de 1987, cuando se puso en funcionamiento el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones. Son valores de renta fija a corto plazo representados exclusivamente mediante anotaciones en cuenta. Las Letras se emiten mediante subasta. El importe mínimo de cada petición es de 1.000 euros, y las peticiones por importe superior han de ser múltiplos de 1.000 euros.


Son valores emitidos al descuento por lo que su precio de adquisición es inferior al importe que el inversor recibirá en el momento del reembolso. La diferencia entre el valor de reembolso de la Letra (1.000€) y su precio de adquisición será el interés o rendimiento generado por la Letra del Tesoro.
Actualmente el Tesoro emite Letras del Tesoro con los siguientes plazos:
  • Letras del Tesoro a 3 meses.
  • Letras del Tesoro a 6 meses.
  • Letras del Tesoro a 12 meses.
  • Letras del Tesoro a 18 meses.

Por tratarse de valores a corto plazo, las variaciones de su precio en el mercado secundario suelen ser bastante reducidas; por tanto, suponen un menor riesgo para el inversor que prevea o pueda necesitar vender estos valores en el mercado antes de su vencimiento.

El resultado de la última subasta del mes de enero de las Letras del Tesoro de 2011:



Letras del tesoro: La inversión a corto plazo

Son valores de renta fija emitidos al descuento, por lo que su precio de adquisición es inferior al importe que el inversor recibirá en el momento del reembolso. La diferencia entre el valor de reembolso de la Letra de 1.000 € y su precio de adquisición será el interés o rendimiento generado por la Letra del tesoro.

El Tesoro Público subasta Letras del Tesoro todos los meses, y el tercer martes de cada mes se celebran las subastas de Letras del Tesoro a 12 y 18 meses, mientras que el cuarto martes de cada mes se subastan Letras a 3 y 6 meses. El importe mínimo de cada petición es de 1.000 € y las peticiones por importe superior han de ser múltiplos de esa cantidad.



Fecha de la resolución de la subasta:



Tributación de las Letras del tesoro

La tributación de las Letras del Tesoro son activos financieros emitidos al descuento por lo que la diferencia entre el importe obtenido en la venta o amortización de la letra y el pagado en su compra tiene la consideración de rendimiento de capital mobiliario sujeto, en consecuencia, al IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).

El rendimiento generado en la transmisión o amortización de las Letras del Tesoro, cualquiera que sea su plazo de 12 o 18 meses, tributan al tipo del 19%. Se gravará al tipo del 21% en la base liquidable que exceda los 6.000 euros.

En la tributación de las Letras no existe retención a cuenta sobre dicho rendimiento.


La Letra del Tesoro: la inversión mas seguro de 2011

Las Letras del Tesoro Público ofrecen en momentos de crisis financiera como los que vivimos, un buen refugio para los ahorros de toda la vida. El Tesoro Público emite también Bonos del Estado, la otra alternativa en Deuda Pública. La garantía del Estado y del Banco de España es su gran ventaja y también su fiscalidad especial en las Letras del Tesoro, que no tienen retención fiscal.

Otra alternativa para el inversor son los depósitos bancarios y los fondos de inversión, que no se debe olvidar ya que en ocasiones la rentabilidad proporcionada es mayor y con un riesgo poco superior.


Noticia del 18 de enero de 2011

El Tesoro Público adjudicó hoy 5.538 millones de euros en letras a un año y a un año y medio y redujo su interés desde la anterior subasta de esta denominación, hasta el 3,010% para las de 12 meses y al 3,40% para las de 18, según los datos de mercado recogidos por EFE.



Fuentes:
www.tesoro. es
www.wikipedia.org
www.letrasdeltesoro.webnode.com
www.eleconomista.es